csv: BOA20171226002
Núm. 245 Boletín Ofcial de Aragón 26/12/2017
37262
b) Oposiciones y concursos
DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
DECRETO 205/2017, de 19 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba
la Oferta de empleo público para el año 2017 en el ámbito de personal estatuario del
Servicio Aragonés de Salud.
El artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado
por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y el artículo 23 del texto refundido
de la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón,
aprobado por Decreto Legislativo 1/1991, de 19 de febrero, constituyen el marco normativo
regulador de la Oferta de empleo público.
La Oferta de empleo público es, de conformidad con dichos preceptos, el instrumento de
planifcación en el que fguran las necesidades de recursos humanos con asignación presupuestaria
que han de proveerse mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso.
El artículo 19 Uno. 2. B) de la Ley 3/2017, de Presupuestos Generales del Estado para
2017, establece una tasa de reposición de hasta un máximo del 100 por ciento de las plazas
en “Administraciones Públicas con competencias sanitarias respecto de las plazas de personal
estatutario de los servicios de salud del Sistema Nacional de Salud”. Por su parte, en el
apartado 4, último párrafo, del citado artículo 19. Uno, se señala que “No computarán dentro
del límite máximo de plazas derivado de la tasa de reposición de efectivos las plazas que se
convoquen para su provisión mediante procesos de promoción interna y las correspondientes
al personal declarado indefnido no fjo mediante sentencia judicial”.
Por otro lado, el 29 de marzo de 2017, el Gobierno de España y las Organizaciones Sindicales
CC.OO., UGT y CSI-F suscribieron el Acuerdo para la mejora del empleo público, en el
que, entre otras medidas, se preveía la reducción del empleo temporal. Así, se establece en
el Acuerdo que, en diferentes sectores de la Administración, incluidas las categorías del personal
a que se refere la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal
estatutario de los Servicios de Salud, se pueden convocar las plazas que, desde al menos 3
años, se encuentran ocupadas de forma temporal, pudiendo alcanzar hasta un máximo del
90% de la cifra de personal con vinculación temporal existente a la fecha de frma del Acuerdo.
También se exige que no se produzca incremento del gasto ni de efectivos y que se oferten
necesariamente plazas de naturaleza estructural que se encuentren desempeñadas por personal
interino o eventual estatutario en igual situación, en los términos del Estatuto Marco del
personal del estatutario de los Servicios de Salud.
Coherentemente con dicho Acuerdo, el artículo 19 de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de
Presupuestos Generales del Estado para el año 2017, establece en su apartado 6 que, entre
otras, las Administraciones Públicas con competencias sanitarias respecto de las plazas de
personal estatutario de los servicios de salud del Sistema Nacional de Salud podrán disponer
de una tasa adicional para estabilización de empleo temporal que incluirá hasta el 90 por
ciento de las plazas que, estando dotadas presupuestariamente, hayan estado ocupadas de
forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores al 31 de diciembre
de 2016. Las ofertas de empleo que articulen estos procesos de estabilización deberán aprobarse
y publicarse en los respectivos Diarios Ofciales en los ejercicios 2017 a 2019 y serán
coordinadas por el Departamentos ministerial competente.
En aplicación de la regulación previamente mencionada, se procede a la aprobación de la
Oferta de empleo público para el año 2017, correspondiente al ámbito del personal estatutario
del Servicio Aragonés de Salud.
De conformidad con lo establecido en el artículo 19.1 d) del Decreto 311/2015, de 1 de
diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento
de Hacienda y Administración Pública, corresponde a la Dirección General de la
Función Pública y Calidad de los Servicios, bajo la superior dirección del titular del Departamento,
la elaboración de la Oferta de empleo público, para la que se ha recabado informe de
la Inspección General de Servicios, Secretaría General Técnica de Hacienda y Administración
Pública, Dirección General de Presupuestos, Financiación y Tesorería y de la Dirección General
de Servicios Jurídicos.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en la elaboración de
esta norma han sido tenidos en cuenta los principios de buena regulación recogidos en el citado
artículo. En concreto, los principios de necesidad, efcacia, proporcionalidad, seguridad
jurídica, transparencia y efciencia.
csv: BOA20171226002
Núm. 245 Boletín Ofcial de Aragón 26/12/2017
37263
En su virtud, realizados los trámites preceptivos de negociación, a iniciativa del Consejero
de Sanidad y a propuesta del Consejero de Hacienda y Administración Pública, previa deliberación
del Gobierno de Aragón en su reunión de 19 de diciembre de 2017,
DISPONGO:
Artículo único. Aprobación de la Oferta de empleo público del Servicio Aragonés de Salud
de 2017.
1. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 del texto refundido de la Ley de Ordenación
de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto
Legislativo 1/1991, de 19 de febrero, se aprueba la Oferta de empleo público correspondiente
al año 2017, en los términos y condiciones que se fjan en el presente decreto.
2. La Oferta de empleo público del personal estatutario del Servicio Aragonés de Salud comprende
un total de 1.926 plazas, dotadas presupuestariamente y que fguran en las plantillas
orgánicas de los centros sanitarios del Servicio Aragonés de Salud, con el siguiente detalle:
– 598 plazas se corresponden con la tasa de reposición legalmente establecida, de las que
543 son de acceso libre, 52 se reservan para ser cubiertas por el turno de discapacidad, en
un grado igual o superior al 33 por ciento y 3 plazas para atender el cupo de quienes se encuentren
incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 4/2008, de 17 de junio, de medidas a
favor de las víctimas del terrorismo, con el desglose a que se refere el anexo de este decreto.
– 190 plazas de promoción interna, para el personal estatutario de plantilla que reúna los
requisitos establecidos al efecto en la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco
del personal estatutario de los servicios de salud y en el Decreto 37/2011, de 8 de marzo, del
Gobierno de Aragón, de selección de personal estatutario y provisión de plazas en los centros
del Servicio Aragonés de Salud, con el desglose incluido en el anexo de este decreto.
– 1.138 plazas de tasa adicional para estabilización de empleo temporal, en aplicación del
apartado 6 del artículo 19.Uno de la Ley 3/2017 de Presupuestos Generales del Estado para
2017.
3. Si las plazas reservadas para los turnos de discapacidad y a favor de las víctimas del
terrorismo no resultaran cubiertas, cabrá acumularlas a los procedimientos de turno libre derivados
de la presente Oferta de empleo público.
4. En aplicación del artículo 18 del Decreto 37/2011, de 8 de marzo, del Gobierno de
Aragón, de selección de personal estatutario y provisión de plazas en los centros del Servicio
Aragonés de Salud, en el supuesto de que alguno de los aspirantes con discapacidad que se
haya presentado por el cupo de reserva de personas con discapacidad superase los ejercicios
correspondientes, pero no obtuviera plaza y su puntuación fuera superior a la obtenida
por otros aspirantes del sistema de acceso general, será incluido por su orden de puntuación
en el sistema de acceso general.
5. Los procesos de selección derivados del turno general y de promoción interna se distribuirán
en convocatorias separadas, sin perjuicio de la posibilidad de simultanear las fases de
impulso y desarrollo de los procesos selectivos que su naturaleza permita.
6. El Servicio Aragonés de Salud adoptará las medidas y actuaciones necesarias para
garantizar la asignación efciente y la optimización de sus recursos humanos, en las correspondientes
plantillas orgánicas. Los destinos obtenidos por los candidatos que accedan por
el turno de discapacitados requerirán la acreditación de la compatibilidad con el desempeño
de las tareas básicas de la categoría y la previa evaluación técnica para garantizar las condiciones
de desempeño adecuadas.
7. Como quiera que las plantillas de personal del Servicio Aragonés de Salud se encuentran
en un proceso de adaptación a las necesidades asistenciales de la población aragonesa,
lo que supone la necesidad de crear, modifcar o suprimir categorías profesionales, para el
supuesto de que alguna de las categorías profesionales recogidas en la presente oferta fuese
modifcada o suprimida se autoriza que las plazas aprobadas para dicha categoría puedan ser
convocadas como oferta correspondiente a la categoría que la sustituya.
8. Con el fn de aplicar el principio de economía procesal, los procedimientos selectivos
que se tramiten para las diferentes categorías profesionales recogidas en esta oferta podrán
ser acumulados a otros procedimientos selectivos de ofertas públicas de empleo del Servicio
Aragonés de Salud que pudieran estar en curso.
Disposición fnal primera. Habilitación de desarrollo.
Se faculta al Consejero de Sanidad y al Consejero de Hacienda y Administración Pública,
para dictar, en el respectivo ámbito de sus competencias, las disposiciones que precise el
desarrollo de este decreto.
csv: BOA20171226002
Núm. 245 Boletín Ofcial de Aragón 26/12/2017
37264
Disposición fnal segunda. Convocatoria y desarrollo de los procesos selectivos.
De acuerdo con lo previsto en el Decreto 23/2016, de 9 de febrero, del Gobierno de Aragón,
por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Sanidad y del Servicio
Aragonés de Salud, en el Decreto 208/1999, de 17 de noviembre, del Gobierno de Aragón,
por el que se distribuyen competencias en materia de personal entre los diferentes órganos
de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, y en el Decreto 37/2011, de 8 de
marzo, del Gobierno de Aragón, de selección de personal estatutario y provisión de plazas en
los centros del Servicio Aragonés de Salud, los procesos selectivos correspondientes a las
plazas de personal estatutario derivados de la presente oferta serán convocados, tramitados
y resueltas por el Servicio Aragonés de Salud, debiendo desarrollarse su ejecución en el plazo
previsto en el artículo 70.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado
Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
Disposición fnal tercera. Entrada en vigor.
Este decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Ofcial de
Aragón”.
Zaragoza, 19 de diciembre de 2017.
El Presidente del Gobierno de Aragón,
JAVIER LAMBÁN MONTAÑÉS
El Consejero de Hacienda
y Administración Pública,
FERNANDO GIMENO MARÍN
csv: BOA20171226002
Núm. 245 Boletín Ofcial de Aragón 26/12/2017
37265
ANEXO I
OFERTA PÚBLICA DE EMPLEO DE 2017 DEL SERVICIO ARAGONÉS DE SALUD
CATEGORÍA
Turno
Acceso
Libre
Turno
personas
con
discapacidad
Turno
víctimas
terrorismo
Promoción
interna
Consolidación
2017 (art. 19.6
Ley 3/2017)
TOTALES
Albañil 1 1
Calefactor 3 10 13
Celador 24 10 1 25 38 98
Cocinero 2 2
Conductor 10 10
Controlador de
suministros 0
Costurera 4 4
Electricista 30 30
Enfermero/a 150 15 1 50 150 366
Enfermero/a salud
mental 8 20 28
Facultativo
Especialista Área 100 3 20 290 413
Farmacéutico 1 1
Fisioterapeuta 4 2 5 25 36
Fontanero 14 14
Gobernanta 1 1
Grupo Administrativo
F. Admtva. 13 2 15
Grupo Auxiliar
Admtvo. F. Admtva. 20 6 0 26
Grupo Gestión F.
Admtva. 5 1 6
Grupo Técnico F.
Admtva. 2 8 6 16
Ingeniero superior 0
csv: BOA20171226002
Núm. 245 Boletín Ofcial de Aragón 26/12/2017
37266
CATEGORÍA
Turno
Acceso
Libre
Turno
personas
con
discapacidad
Turno
víctimas
terrorismo
Promoción
interna
Consolidación
2017 (art. 19.6
Ley 3/2017)
TOTALES
Ingeniero técnico 0
Lavandera 0
Limpiadora 0
Logopeda 0
Matrona 13 13
Mecánico 0
Médico de admisión
y documentación 0
Médico de
emergencias 0
Médico de familia 37 2 5 200 244
Médico de urgencia
hospitalaria 1 1
Odontoestomatólogo 1 1
Oficial 1ª 0
Pediatra de Atención
Primaria 3 1 20 24
Peón especializado 1 1
Pers. Esp. Serv.
Domésticos 2 2
Pintor 1 1
Personal técnico no
titulado 0
Personal técnico
titulado grado medio 1 1
Personal técnico
titulado superior 1 1
Pinche 12 60 72
Planchadora 3 3
Psicólogo esp.
Psicología clínica 0
csv: BOA20171226002
Núm. 245 Boletín Ofcial de Aragón 26/12/2017
37267
CATEGORÍA
Turno
Acceso
Libre
Turno
personas
con
discapacidad
Turno
víctimas
terrorismo
Promoción
interna
Consolidación
2017 (art. 19.6
Ley 3/2017)
TOTALES
T.C. Auxiliares
Enfermería 126 10 1 35 230 402
Técnico gestión
sistemas y T.I. 4 4
Técnico especialista
sistemas y T.I. 8 4 12
Técnico de Salud
Pública 3 3
Técnico Sup. A.
patológica y citología 1 5 10 16
Técnico Sup.
Higiene Bucodental 2 2
Técnico Sup. Lab.
Diag. clínico 4 10 10 24
Técnico Sup.
radiodiagnóstico 1 1
Técnico Sup.
Radioterapia 2 2
Técnico Sup.
Sistemas y T.I. 0
Telefonista 1 1 4 6
Terapeuta
ocupacional 2 5 7
Trabajador social 1 2 3
Totales generales: 543 52 3 190 1.138 1.926